CONSEJO GENERAL ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México emite el presente acuerdo, con base en lo siguiente: G L O S A R I O Adenda número uno: Adenda número uno al Anexo Técnico número uno al Convenio General de Coordinación y Colaboración, entre el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, con el fin de establecer las bases de coordinación para implementar el Voto Anticipado en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, en el Estado de México. Anexo Técnico: Anexo Técnico Número Uno al Convenio General de Coordinación y Colaboración, que celebran el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, para precisar los procedimientos, actividades, plazos, obligaciones, acciones y mecanismos de colaboración del Proceso Electoral Concurrente 2023-2024 en el Estado de México. CEEM: Código Electoral del Estado de México. CEVINE: Comisión Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México. Consejo General: Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México. Constitución Federal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Local: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Convenio: Convenio General de Coordinación y Colaboración entre el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, con el fin de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 1 de 12  realización del Proceso Electoral Concurrente 2023-2024 en el Estado de México. DECEyEC: Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Nacional Electoral. DPC: Dirección de Participación Ciudadana del Instituto Electoral del Estado de México. Guía para la y el Funcionario de MEC VA: Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado. Proceso Electoral Concurrente 2023-2024. IEEM: Instituto Electoral del Estado de México. INE: Instituto Nacional Electoral. JLE: Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México. Junta General: Junta General del Instituto Electoral del Estado de México. LGIPE: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Lineamientos VA: Lineamientos para la organización del Voto Anticipado, para el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024 emitidos por el Instituto Nacional Electoral. MEC VA: Mesa(s) de Escrutinio y Cómputo de Votación Anticipada. Modelo de Operación VA: Modelo de Operación para la Organización del Voto Anticipado, para el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024. OPL: Organismo(s) Público(s) Local(es) Electoral(es). Plan Integral y Calendarios de Coordinación: Plan Integral y Calendarios de Coordinación de los Procesos Electorales Locales Concurrentes con el Federal 2023-2024. Reglamento de Elecciones: Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 2 de 12  SE: Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México. A N T E C E D E N T E S 1. Aprobación de los Lineamientos VA En sesión extraordinaria del veinte de julio de dos mil veintitrés, el Consejo General del INE mediante el acuerdo INE/CG436/2023, aprobó los Lineamientos VA. 2. Plan Integral y Calendarios de Coordinación En la misma sesión referida en el antecedente previo, el Consejo General del INE emitió el acuerdo INE/CG446/2023, por el que aprobó el Plan Integral y Calendarios de Coordinación. 3. Aprobación del Convenio En sesión extraordinaria del seis de septiembre de dos mil veintitrés, este Consejo General aprobó mediante el acuerdo IEEM/CG/94/2023 el Convenio, en cuya cláusula Segunda, actividad 26, párrafo primero, se estableció lo siguiente: 26. VOTO ANTICIPADO EN TERRITORIO NACIONAL “LAS PARTES” acuerdan implementar las acciones necesarias a efecto de garantizar el Voto Anticipado en la entidad, a la ciudadanía que tenga alguna incapacidad física que impida, limite o dificulte su asistencia ante la casilla que le corresponda, previo a la Jornada Electoral a celebrarse el 2 de junio de 2024, atendiendo a lo señalado en los Lineamientos para la organización del voto anticipado en el proceso electoral concurrente 2023-2024, aprobado mediante el Acuerdo INE/CG436/2023, el Modelo de Operación y los Lineamientos para la conformación de la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado, que en su momento apruebe el Consejo General. 4. Aprobación del Modelo de Operación VA En sesión extraordinaria del ocho de septiembre de dos mil veintitrés, el Consejo General del INE emitió el acuerdo INE/CG528/2023, por el que aprobó el Modelo de Operación VA. Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 3 de 12  5. Aprobación del Anexo Técnico En sesión extraordinaria del trece de diciembre de dos mil veintitrés, este Consejo General mediante el acuerdo IEEM/CG/130/2023, aprobó el Anexo Técnico, en cuya cláusula Primera, apartado 25, inciso a), se establece lo siguiente: 25. VOTO ANTICIPADO EN TERRITORIO NACIONAL. a) “LAS PARTES” acuerdan implementar las acciones necesarias a efecto de garantizar el Voto Anticipado en la entidad, a la ciudadanía que entre 2018 y el 31 de diciembre de 2023, haya realizado o realice el trámite de credencialización conforme a lo que dispone el artículo 141 de “LA LGIPE”, previo a la Jornada Electoral a celebrarse el 2 de junio de 2024. 6. Convocatoria a la Elección de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024 El veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México el decreto número 229 de la “LXI” Legislatura Local, por el que se convoca a la ciudadanía del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar, a las elecciones ordinarias para elegir diputadas y diputados a la “LXII” Legislatura para el ejercicio constitucional comprendido del cinco de septiembre de dos mil veinticuatro al cuatro de septiembre de dos mil veintisiete; y de integrantes de los ayuntamientos de los 125 municipios del Estado de México, para el periodo constitucional comprendido del uno de enero de dos mil veinticinco al treinta y uno de diciembre de dos mil veintisiete. 7. Inicio del proceso electoral 2024 El cinco de enero de dos mil veinticuatro, este Consejo General celebró sesión solemne para dar inicio al proceso electoral ordinario para la Elección de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024, cuya jornada electoral se llevará a cabo el dos de junio del mismo año. 8. Aprobación de la Adenda número uno En sesión extraordinaria del veinte de marzo del presente año, este Consejo General mediante el acuerdo IEEM/CG/60/2024, aprobó la Adenda número uno, en cuya cláusula Primera, apartado 6, incisos b), Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 4 de 12  párrafo segundo, se establece que el IEEM, entregará los materiales didácticos y de apoyo para la capacitación, así como la documentación muestra (modelo general) debidamente validados por el INE, que serán utilizados para el desarrollo de los simulacros y prácticas del Escrutinio y Cómputo. 9. Elaboración y ruta de validación a) La DPC elaboró la propuesta de Guía para la y el Funcionario de MEC VA. b) En sesión ordinaria del quince de febrero de dos mil veinticuatro, la DPC presentó ante las y los integrantes de la CEVINE la propuesta de Guía para la y el Funcionario de MEC VA. 1 2 c) El diecinueve de marzo del presente año, la DPC solicitó a la SE que por su conducto se remitiera a la JLE para su revisión y validación. 3 d) El veinte siguiente, la DECEyEC remitió a la JLE el visto bueno. 4 e) En la misma fecha, la JLE envió a la Consejera Presidenta de este Consejo General la propuesta de Guía para la y el Funcionario de MEC VA con su validación respectiva y el visto bueno de la DECEyEC. 10. Remisión de la propuesta a la Junta General 5 El veintiuno siguiente, la DPC remitió a la SE la propuesta de Guía para la y el Funcionario de MEC VA a efecto de someterla a consideración de la Junta General, y posteriormente a la de este Consejo General para su aprobación definitiva, en su caso. 11. Aprobación de la propuesta por la Junta General En sesión extraordinaria de veinticinco de marzo del presente año, la Junta General aprobó mediante el acuerdo IEEM/JG/38/2024, la 1 Mediante el oficio IEEM/DPC/252/2024. 2 A través del oficio IEEM/SE/2170/2024. 3 Mediante el oficio INE/DECEYEC/DCE/0752/2024. 4 A través del oficio INE-JLE-MEX/VCEyEC/211/2024. 5 Mediante el oficio IEEM/DPC/274/2024. Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 5 de 12  propuesta de Guía para la y el Funcionario de MEC VA y la remitió a este Consejo General para su aprobación definitiva, en su caso. El presente acuerdo se funda y se motiva en las siguientes: C O N S I D E R A C I O N E S I. COMPETENCIA Este Consejo General es competente para aprobar la Guía para la y el Funcionario de MEC VA, en términos del artículo 185, fracción XLIII del CEEM. II. FUNDAMENTACIÓN Constitución Federal El artículo 41, párrafo tercero, Base V, señala que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del INE y de los OPL, en los términos que establece la Constitución Federal. El Apartado C, párrafo primero, numerales 3, 10 y 11 de la Base en cita, prevé que, en las entidades federativas, las elecciones locales estarán a cargo de OPL en los términos que señala la Constitución Federal, que ejercerán funciones en las siguientes materias:  Preparación de la jornada electoral.  Todas las no reservadas al INE.  Las que determine la ley. LGIPE El artículo 32, numeral 1, inciso a), fracción I, indica que el INE tendrá entre sus atribuciones, la capacitación electoral. El artículo 98, numerales 1 y 2, determina que los OPL:  Están dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios, que gozarán de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, en los términos previstos en la Constitución Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 6 de 12  Federal, la LGIPE, las Constituciones y leyes locales. Serán profesionales en su desempeño. Se regirán por los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.  Son autoridad en la materia electoral, en los términos que establece la Constitución Federal, la LGIPE y las leyes locales correspondientes. El artículo 104, numeral 1, incisos a), f) y r), prevé que corresponde a los OPL ejercer funciones en las siguientes materias:  Aplicar las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos que, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución Federal y la LGIPE, establezca el INE  Llevar a cabo las actividades necesarias para la preparación de la jornada electoral.  Las demás que determine la LGIPE, y aquellas no reservadas al INE, que se establezcan en la legislación local correspondiente. Reglamento de Elecciones El artículo 110, numeral 2, señala que el INE será el responsable de aprobar e implementar la capacitación para las y los funcionarios de mesas directivas de casilla, tanto en el ámbito federal como local. En el caso de elecciones locales, concurrentes o no con la federal, los OPL podrán coadyuvar al INE en los términos que, en su caso y con base en la estrategia de capacitación y asistencia electoral, se precisen en los convenios generales de coordinación y colaboración que suscriban. Lineamientos VA El numeral 14, apartado i, inciso f, contempla como actividad previa al periodo de VA, la integración de las MEC VA y la capacitación electoral. El numeral 77 establece que las MEC VA serán los órganos electorales facultados para clasificar y contar los votos emitidos por las personas o persona que conforman la Lista Nominal de Electores con VA. Se integrarán por ciudadanía doblemente sorteada y capacitada para realizar esta función con las particularidades que la misma representa. Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 7 de 12  El numeral 79 determina que la DECEyEC, a través de la junta local ejecutiva del INE y juntas distritales ejecutivas del INE, coordinará la integración de las MEC VA y la capacitación electoral. El numeral 87, párrafo primero, precisa que los materiales didácticos y de apoyo para la capacitación dirigida a las personas funcionarias de las MEC VA serán diseñados por la DECEyEC. El párrafo segundo del numeral en cita señala que, para el caso de la elección local, los modelos de los materiales didácticos se remitirán al OPL, para que los reproduzca y entregue a la junta local ejecutiva del INE respectiva, conforme a lo que establezca el Modelo de Operación VA. Modelo de Operación VA El apartado V, subapartado V.4, numeral 11, viñeta segunda, dispone que, para el caso de las elecciones locales, los modelos de los materiales didácticos y de apoyo se remitirán a las juntas locales ejecutivas del INE para que cada OPL integre la información específica de la entidad y la junta local ejecutiva del INE revise y valide previo a su impresión. La formación editorial de estos materiales será responsabilidad de cada OPL. Plan Integral y Calendarios de Coordinación En cuanto al Estado de México, la actividad 7.5 refiere lo relativo a la entrega a la JLE de los materiales didácticos impresos para la segunda etapa elaborados por parte de los OPL. Constitución Local El artículo 11, párrafo primero, prevé que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Diputaciones locales e integración de Ayuntamientos, son una función que se realiza a través del INE y el IEEM, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios; en el ejercicio de esta función la certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad y paridad serán principios rectores y se realizarán con perspectiva de género. Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 8 de 12  El párrafo décimo tercero del artículo citado, indica que el IEEM tendrá a su cargo, además de las que determine la ley de la materia, las actividades relativas al desarrollo de la democracia y la cultura política, entre otras. CEEM El artículo 168, párrafo tercero, fracciones I y VI, enuncia como funciones del IEEM:  Aplicar las disposiciones generales, lineamientos, criterios y formatos que en ejercicio de sus facultades le confiere la Constitución Federal, la LGIPE, la Constitución Local y la normativa aplicable.  Llevar a cabo las actividades necesarias para la preparación de la jornada electoral. El artículo 185, fracción XLIII, refiere que es atribución de este Consejo General, aprobar y vigilar que los materiales didácticos para la capacitación electoral se apeguen a los principios rectores del IEEM y a lo establecido por este CEEM con base en los lineamientos y contenidos que dicte el INE. El artículo 201, fracción II, dispone como atribución de la DPC diseñar, elaborar e integrar el material didáctico y los instructivos electorales, observando el principio de paridad de género y la cultura de respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político-electoral, debiendo someterse a la aprobación de este Consejo General a través de la Junta General. Reglamento Interno del IEEM El artículo 37, párrafo primero, determina que la DPC es el órgano del IEEM encargado de elaborar, proponer e instrumentar ejercicios, estrategias, programas, acciones y materiales didácticos en materia de participación ciudadana, educación cívica y difusión de la cultura política-democrática, a fin de promover el ejercicio de derechos y el cumplimiento de obligaciones político-electorales, atendiendo las disposiciones emitidas por el IEEM y el INE. Manual de Organización del IEEM Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 9 de 12  El Apartado VI, numeral 14, viñeta segunda, establece como una de las funciones de la DPC, la de diseñar, elaborar e integrar el material didáctico y los instructivos electorales, observando el principio de paridad de género y la cultura de respeto de derechos humanos de las mujeres en el ámbito político-electoral, debiendo éstos someterse a la aprobación de este Consejo General a través de la Junta General. III. MOTIVACIÓN El cinco de enero de dos mil veinticuatro, dio inicio el proceso electoral ordinario para la Elección de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024, cuya jornada electoral se llevará a cabo el dos de junio del mismo año. Al respecto, el IEEM con base en sus atribuciones y a los mecanismos de coordinación celebrados con el INE, debe elaborar el material didáctico con la información que las y los funcionarios de MEC VA deberán de conocer para el ejercicio de sus actividades, durante la jornada electoral. Por ello, la DPC elaboró la propuesta de Guía para la y el Funcionario de MEC VA, misma que fue presentada ante la CEVINE. Posteriormente solicitó a la SE su remisión a la JLE y a la DECEyEC para su validación y visto bueno, por lo que una vez que se circuló entre las áreas del IEEM y del INE a cargo de tal actividad, conforme a la ruta de validación, la DPC la remitió a la SE, a efecto de que por su conducto se sometiera a consideración de la Junta General, quien la aprobó y remitió a este Consejo General, para su aprobación definitiva, en su caso. Del contenido de la Guía para la y el Funcionario de MEC VA, se observa que se enfoca en lo que deben conocer y desarrollar las y los funcionarios de MEC VA en la elección local; para llevar a cabo el escrutinio y cómputo del VA. Se estructura de la siguiente manera: Presentación 1. El Voto Anticipado 2. Jornada Electoral 3. Instalación de la MEC del VA y actos preparatorios del escrutinio y cómputo Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 10 de 12  4. Clasificación y conteo de los votos 5. Llenado del Acta de Mesa de Escrutinio y Cómputo (MEC del VA) 6. Integración del expediente de la MEC del VA y del paquete electoral 7. Entrega de los paquetes electorales Toda vez que la Guía para la y el Funcionario de MEC VA constituye una herramienta de capacitación específica para quienes fungirán como funcionarias y funcionarios de las MEC VA para la elección local, y que además cumple con los requisitos legales requeridos; este Consejo General considera procedente su aprobación definitiva. Por lo fundado y motivado se: A C U E R D A PRIMERO. Se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado. Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, en términos del documento adjunto al presente acuerdo. SEGUNDO. Se instruye: a) A la DPC para que una vez impresa la Guía para la y el Funcionario de MEC VA, la remita con la debida oportunidad a la JLE para que sea distribuida en las juntas distritales del INE a efecto de ser utilizada en la capacitación correspondiente. Una vez realizado lo anterior, lo notifique a la CEVINE. b) A la Dirección de Administración del IEEM para que disponga lo necesario para su impresión. Para ello, notifíqueseles el presente instrumento. TERCERO. Comuníquese el presente acuerdo a la Contraloría General, las direcciones y unidades del IEEM, así como a las representaciones de los partidos políticos ante este Consejo General y la CEVINE. CUARTO. Notifíquese a la DECEyEC, a la Unidad Técnica de Vinculación con los OPL del INE y a la JLE, la aprobación del presente instrumento para los efectos a que haya lugar. Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 11 de 12  T R A N S I T O R I O S PRIMERO. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por este Consejo General. SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, así como en la página electrónica del IEEM. Así lo aprobaron por unanimidad de votos, la consejera presidenta Dra. Amalia Pulido Gómez, así como las consejeras y el consejero electorales del Consejo General Mtra. Laura Daniella Durán Ceja, Lic. Sandra López Bringas, Dra. Paula Melgarejo Salgado, Mtra. Patricia Lozano Sanabria, Mtra. Karina Ivonne Vaquera Montoya y Mtro. Francisco Bello Corona en la décima segunda sesión especial celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, en modalidad híbrida, el veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, firmándose para constancia legal en términos de los artículos 191, fracción X y 196, fracción XXX del CEEM y 7, fracción XIV del Reglamento de Sesiones del Consejo General. “TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN” A T E N T A M E N T E CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL (Rúbrica) DRA. AMALIA PULIDO GÓMEZ SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL (Rúbrica) MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL Elaboró: Lic. Luis Iván Maya González. Lic. Francisco Ruiz Estévez. ACUERDO N.° IEEM/CG/76/2024 Por el que se aprueba la Guía para la y el Funcionario de Mesa de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado para el Proceso Electoral 2023-2024 Página 12 de 12